El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó mediante una norma el cronograma para la obtención, revalidación y/o recategorización de la Licencia de Conducir de Clase A y B en todas sus categorías. Esta medida se da como parte de la reactivación económica y se dará inicio a partir de diciembre.

La medida también alcanza a los brevetes de categoría especial para el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos (MATPEL). Cabe anotar que la vigencia de la ampliación de la prórroga para ambas categorías vence el 31 de diciembre de 2021.

Los brevetes de Clase A categoría I son las que autorizan manejar vehículos de uso particular como sedanes, coupé, hatchback, convertibles, stationwagon, areneros, pickup y furgones. En tanto que la Clase B comprende a motocicletas, bicimotos y mototaxis. De acuerdo al cronograma mencionado, la tramitación de estas licencias se podrá hacer a partir de diciembre de este año.

Las licencias de conducir Clase A categoría III-a son las que permite conducir buses y ómnibus mayores a 6 toneladas, y las de Clase A categoría III-b permiten manejar camiones mayores a 12 toneladas, a los cuales se pueden incorporar remolques o semirremolques y categoría especial MATPEL. En tanto que los brevetes Clase A categoría III-c autorizan conducir cualquiera de los vehículos antes mencionados. La obtención, revalidación y recategorización de estas licencias empezaron a tramitarse desde octubre de este año.

Asimismo, las de Clase A categoría II–a, quepermiten conducir vehículos de hasta 8 asientos que realizan el servicio de taxi; y la Clase A categoría II-b, que autorizan manejar combis y custers de hasta 6 toneladas y camiones hasta de 12 toneladas, sevienen tramitando en noviembre.

Las medidas dispuestas en el cronograma tienen como finalidad facilitar a los titulares y postulantes realizar sus trámites de manera oportuna y ordenada, garantizándose el cumplimiento del distanciamiento social y las normas sanitarias de prevención de la COVID-19.

El cronograma en mención no afecta ni modifica la vigencia prevista hasta el 31 de diciembre de 2021, de las licencias de conducir de clase A y B, los certificados médicos y las autorizaciones especiales, dispuesta en la Resolución Directoral N° 29-2021-MTC/18.

Asimismo, el vencimiento de alguna de las fechas contempladas en el citado cronograma no restringe a que los titulares puedan realizar sus trámites de obtención, revalidación y/o recategorización en cualquiera de las demás fechas previstas en el cronograma.